Enviado el: 20/11/2012 21:23 por Orfeo
“las partes contratantes originales contemplaron entonces una concesión limitada para vender productos de merchandising habituales en aquella época (como figuritas, vajilla, artículos de papelería, prendas y similares). No se incluía ninguna concesión de derechos electrónicos o digitales, derechos en los medios aún no inventados u otros intangibles como derechos sobre servicios".
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#1 O cómo gestionar una herencia que moviliza millones de dólares...
#2 Yo creí que los derechos de autor eran para el autor... A veces me parece que en lugar de querer proteger la creación quieren convertirla en un objeto para comerciar... Y eso no debería ser así.
#3 Que la creación (y la creatividad) sea objeto de comercio es una pretensión bien palpable en el actual momento político/ideológico. Como no haya una defensa de la cultura que humanice el intercambio creador, acabaremos sometidos a eso que llaman leyes de los mercados, que no es otra cosa que la voluntad de los económicamente poderosos, impuesta a golpe de compra/absorción/fusión... cuando no por las armas directamente.
Baliza v16